ENTAMU

El último año del siglo XIX, vio la llegada de mi abuela a la vida, en el humilde y pescador barrio de Sabugo; vio la llegada de mi abuelo, que con su familia mirandina, desembarcó en el puerto de Santander, trasladándose a la Calle Nueva de Avilés. Llegaron a bordo del barco Alfonso XIII, procedentes de Santa Clara (Cuba), él apenas tenía tres años, sus padres no habían ido a hacer la Habana, habían ido de criados de unos señores de Galiana, y regresaron con cuatro reales, con los que abrieron el bar Casa la Rubia.

Cuento todo esto, porque mi abuela, es una de las mayores responsables de mi interés por la historia de nuestra villa; Sus historias sobre cosas acontecidas en la villa, como el hambre que pasaba en los principios del siglo XX, el vampiro de la Magdalena, el bar que poseía mi bisabuela, la fabrica de baldosas de mi abuelo, etc., me hicieron empezar a investigar sobre nuestro pasado. No es que mi abuela fuera una gran contadora de historias, pero recuerdo que a mediados de los años 80, cuando la televisión programaba la serie Raíces, esa serie hizo que empezará a interesarme por mis antepasados, ¿quiénes eran? ¿cómo vivían? ¿de donde procedían?, ahí empezaron las preguntas a mi abuela, de sus respuestas salieron nombres como Gertrudis, Benita, el Sargento “Pates”, Pepe “El Cristo”, etc. Veinte años más tarde, me regalaron un libro: “Avilés Memoria Gráfica”, cientos de fotografías del Avilés de primeros del siglo veinte. En ese momento renació mi interés por nuestro pasado, pero no solamente por mis ancestros. Esas imágenes hicieron que retomará con fuerza la realización de mi árbol genealógico, pero también mi interés por lo que es toda la historia de nuestra, villa milenaria.

viernes, 2 de febrero de 2018

ELECCIÓN DE JUEZ CONTRADICHA VIOLENTAMENTE EN 1550

Extraído de “Provisiones Reales a favor de Asturias durante la regencia de los Reyes de Bohemia 1541- 1551” de Luís Fernández Martín, S. J.

30 de Agosto de 1550
“Rodrigo de las Alas en nombre del concejo, justicia e regidores de la villa de Avilés y de Gonzalo Falcón, juez elegido por los dichos sus partes, nos hizo relación que en la dicha villa y concejo ay costumbre y uso de tiempo inmemorial de elegir y nombrar dos juezes en ella víspera de San Juan, de junio de cada un año y sirven los dichos oficios un año y la dicha elección y nombramiento se haze por los regidores de la dicha villa y concejo y es ansi que conforme al dicho uso y costumbre la víspera de San Juan de junio pasado eligieron y nombraron por juezes a Hernando de Miranda y a Mateo de Hebia y les dieron las baras y comenzaron a usar los dichos oficios y de allí a treinta días fallesció el dicho Hernando de Miranda y sus regidores de la dicha villa y concejo que se hallaron presentes de diez que ay en ella en dia hordinario de concejo conforme a la dicha costumbre y uso elegieron e nombraron por juez al dicho Gonzalo Falcón y le dieron la bara e hizo la solenidad que hera obligado y comenzó a usar el dicho oficio y pasados ocho dias venieron a la villa dos regidores de los que abían faltado al tiempo de la dicha elección y se metieron en la iglesia de la dicha villa con otra gente y encastillándose en ella dixieron que querían hazer otra elección de juez y puesto que el dicho Mateo de Hebia juez fue a la dicha iglesia y les mandó que no hiziesen otra elección ni alboroto ni escándalo en la dicha villa y les puso pena no solamente no lo quisieron obedecer mas aun le resistieron con palabras y obras y de hecho nombraron otro juez que se llama Alonso Rodríguez de León y puesto que el dicho juez lo quiso prender por no le aver querido obedecer ni cumplir sus mandamientos le tornaron a resistir la prisión en la plaza pública y con ayuda de los vecinos de la dicha villa los prendió juntamente con el dicho Alonso Rodríguez nuevo juez y le quitó la bara y estando lo susodicho en este estado vos fuisteis a la dicha villa que es dese principado y debiéndolos castigar por los delitos qu abían cometido no solamente no lo hizisteis antes de faborecer a los dichos regidores los soltastes a todos ellos de la cárcel y mandastes que los dichos jueces nuevamente elegidos no usasen de los dichos oficios hasta que por vos fuese visto abiendoos constado de la dicha elección y nombramiento en el dicho Gonzalo Falcón ser justamente hecho y de echo les despojastes aunque fue por el contradicho y pedido que lo remediasedes no quisistes hacer antes os mostrasteis muy riguroso... mandaremos al corregidor que agora iba proveido a este dicho principado que en persona el o su teniente fuesen a la dicha villa y castigase los dichos delitos y amparase a Gonzalo Falcón.”
12 de Septiembre de 1550. Versión de la parte contraria:
“Miguel de Valdés en nombre de Menén Pérez de Valdés y de Juan Bernaldo de Quiros y Luis Alonso de León, regidores de la villa de Avilés, nos hizo relación que los jueces elegidos para este año por razón de aver muerto uno de los que fueron elexidos por el día de San Juan próximo pasado y algunos de los regidores sin llamar a concejo ni ayuntamiento y sin lo hacer saber a los otros regidores elixieron y nombraron a uno que no hera suficiente para el dicho oficio y luego que vino a noticia de los otros regidores lo contradixeron y ocurrieron ante vos para que mandasedes hazer la elección conforme a derecho y la mandaste volver a hazer y distes algunos mandamientos para ello y los que primero avían hecho la elección clandestina se qusieron bolver a juntar para la hazer y se hizo por los otros conforme a los dichos mandamientos que distes y sobre ello, los otros regidores y los jueces que heran de su parte hizieron mucho alborotos y escándalos y desacatos contra el juez hultimamente elegidos y como ay las dichas elecciones diferentes y competencias entre los dichos jueces y regidores la tierra está alborotada y en peligro de acontecer ruidos y escándalos y otros daños e inconvenientes y avía muy gran necesidad para el sosiego y pacificación de la tierra para adelante y para el castigo de lo pasado que fuese una persona de nuestra corte a hazer justicia sobre los dichos delitos, desacatos y alvorotos que sobre los fraudes y cautelas que ubo en la dicha primera elección e por no aver cumplido los mandamientos que distes por donde se mandava se bolviese a hazer en la forma acostumbrada.”

No hay comentarios:

Publicar un comentario